OFAC determinó que las violaciones se originaron en parte por el cribado de sanciones calificado de 'rudimentario' de Pegasus: la empresa únicamente verificó la razón social post-designación del proveedor chino, Huizhou Youli Fushi Co., Ltd., contra su base de datos de sanciones, sin revisar identificadores adicionales como la dirección y el número de teléfono del proveedor, que permanecieron idénticos en todos los documentos de embarque y comunicaciones electrónicas. Además, Pegasus esperó hasta poco antes de que la máquina saliera de China para realizar la verificación, momento en el que ya había incurrido en conducta prohibida. La empresa también tardó seis meses en responder plenamente a una citación administrativa de OFAC, lo que generó las seis violaciones adicionales de reporte.
OFAC calificó el caso como no egregio y no autodivulgado; el monto del acuerdo refleja las medidas remediales adoptadas por Pegasus y sus compromisos de informes reforzados. El organismo señaló que la acción subraya los riesgos significativos de sanciones que enfrentan los intermediarios de comercio internacional y recomendó emplear controles de cumplimiento basados en riesgo que vayan más allá del simple cotejo de nombre. Para agentes aduanales y transitarias mexicanas que importan equipos de proveedores chinos, el caso ilustra que un motor de cribado de sanciones que solo coteja nombre comercial —sin dirección, número de teléfono, identificadores fiscales ni variantes ortográficas— no cumple el estándar de debida diligencia que OFAC espera.