La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 28 de octubre de 2026 la resolución final de la investigación antidumping sobre el homopolímero de monómero de cloruro de vinilo en suspensión (PVC suspensión) originario de Estados Unidos, e impuso una cuota compensatoria definitiva de 0.3918 dólares por kilogramo (equivalente a US$391.80 por tonelada métrica), inferior a la provisional de 0.6315 dólares/kg. La medida se aplica por origen estadounidense, independientemente del país de procedencia, y entró en vigor el 29 de octubre de 2026.
Importadores mexicanos de PVC suspensión originario de Estados Unidos, clasificado en la fracción arancelaria 3904.10.03 (NICO 00); la Secretaría de Hacienda aplica la cuota en todo el territorio nacional.
Vigente desde el 29 de octubre de 2026
Revise los pedimentos en trámite y las entradas de PVC suspensión; calcule el impacto de US$0.3918/kg en su costo. Si el PVC es originario de un país distinto a Estados Unidos, reúna y conserve la prueba de origen para quedar exento de la cuota.