Caso práctico del día

El chip nació en China, cambió de nacionalidad en Taiwán y una demanda selló la cuenta

Everlight Electronics Co., Ltd. (fabricante de LEDs con sede en Shulin, Nueva Taipéi, Taiwán) y su subsidiaria Everlight Americas (Texas)

Everlight Electronics Co., Ltd. (fabricante de LEDs con sede en Shulin, Nueva Taipéi, Taiwán) y su subsidiaria Everlight Americas (Texas)

Que ocurrio

El 5 de agosto de 2026, la Fiscalía federal del Distrito de Maryland anunció que Everlight Electronics y su filial en Texas acordaron pagar US$5.15 millones para resolver acusaciones de que violaron la False Claims Act, el common law y el Tariff Act de 1930 al no pagar aranceles adeudados por LEDs importados desde China. El acuerdo resolvió alegaciones de que, entre julio de 2018 y enero de 2022, Everlight declaró que los productos fabricados en China se originaban en Taiwán para no pagar aranceles de la Sección 301.

Que salio mal

Según la Fiscalía, los LEDs se fabricaban en China y se transbordaban a Taiwán antes de enviarse a Estados Unidos; ante CBP se declaraba origen taiwanés en lugar de chino para evadir los aranceles de la Sección 301. Un segundo tramo de las alegaciones cubre el periodo de enero de 2022 a noviembre de 2025, cuando la empresa siguió importando LEDs desde Taiwán, algunos con 'dice' (el chip semiconductor) fabricado en China, sin segregar el material chino del taiwanés. El caso se originó en una demanda qui tam (Wang v. Everlight Electronics).

US$5.15 MPago para resolver evasión de aranceles Sección 301 sobre LEDs chinos declarados como taiwaneses (jul 2018–nov 2025).
  1. El origen se determina por 'transformación sustancial': ensamblar en un tercer país un componente semiconductor (el dice) hecho en China no cambia necesariamente el origen a efectos de la Sección 301; documente dónde ocurre la transformación real.
  2. Segregue físicamente y en inventario el material de origen chino del de otros orígenes; mezclar 'dice' chino y taiwanés en la misma línea puede contaminar la declaración de origen de todo el lote.
  3. El riesgo se extiende más allá de la fecha original: las alegaciones cubren conducta hasta noviembre de 2025, cerca del anuncio; las prácticas de importación no prescriben con el paso del tiempo.
  4. Un delator interno o externo (qui tam) puede iniciar el caso y cobrar parte del recobro; su cumplimiento debe resistir la mirada de un tercero con incentivo económico.
  5. Verifique de forma independiente las certificaciones de origen del proveedor asiático antes de declarar; el importador de récord responde aunque el proveedor haya emitido el papel.
Fuente: U.S. Attorney's Office, District of Maryland (DOJ) / Law360

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