Caso práctico del día

El acero llegó de cinco países y salió con dos banderas: el corredor que llevaba la cuenta

Farjess Inc. y Royal Canadian Steel Inc. (empresas de acero con sede en Canadá) y su copropietario y presidente Feroz Jessani

Farjess Inc. y Royal Canadian Steel Inc. (empresas de acero con sede en Canadá) y su copropietario y presidente Feroz Jessani

Que ocurrio

El 20 de mayo de 2026 el Departamento de Justicia de EE.UU. anunció que Farjess Inc., Royal Canadian Steel Inc. y su copropietario y presidente Feroz Jessani acordaron pagar US$19 millones para resolver alegaciones bajo la Ley de Reclamaciones Falsas (FCA) de que evadieron aranceles sobre acero laminado plano fabricado en Europa y Asia. Según el DOJ, entre mayo de 2019 y enero de 2025 declararon que ciertos productos de acero originaban en Canadá o Estados Unidos cuando presuntamente sabían que provenían de China, Indonesia, Italia, Turquía o Vietnam. El caso nació de una demanda qui tam presentada por Shamsh Dhala, un corredor que trabajó con Farjess, en el Distrito Este de Michigan.

Que salio mal

El proceso falló en la exactitud de la declaración de país de origen ante CBP: se reportó Canadá o EE.UU. como origen mientras la mercancía se fabricaba en países sujetos a aranceles antidumping, compensatorios y de la Sección 232. La empresa quedó expuesta cuando un tercero con conocimiento interno del ruteo y las operaciones documentó la discrepancia y la llevó al gobierno bajo la provisión de denunciantes de la FCA, que permite a particulares demandar en nombre de EE.UU. y participar de la recuperación.

US$19 MAcuerdo descrito por HSI como 'récord' para resolver la evasión de aranceles al acero de origen europeo y asiático.
  1. El país de origen declarado debe corresponder al lugar real de fabricación; el ruteo por un tercer país no transforma el origen para efectos arancelarios.
  2. Cualquier persona con conocimiento del origen —un corredor, un exempleado o un proveedor— puede iniciar una acción qui tam de forma independiente y recibir un porcentaje de la recuperación.
  3. La conducta de mayo de 2019 a enero de 2025 muestra que CBP y el DOJ pueden alcanzar prácticas de importación de años atrás; el paso del tiempo no cierra la exposición.
  4. El acero laminado plano bajo aranceles de la Sección 232, antidumping o compensatorios exige documentación de origen verificable (certificados de molino, trazabilidad de materia prima).
  5. Documente y conserve evidencia de la cadena de fabricación; una discrepancia entre factura, origen declarado y ruta de embarque es el detonante típico de una investigación.
Fuente: U.S. Department of Justice, Office of Public Affairs

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