Caso práctico del día

El contador que inventó una nómina en Omán: la lista de empleados ficticios que un oficial pidió ver

Ravi Kapadia (excontador de un exportador de joyería de oro con sede en Emiratos Árabes Unidos); ciudadano de India, con última residencia en Jersey City, Nueva Jersey

Ravi Kapadia (excontador de un exportador de joyería de oro con sede en Emiratos Árabes Unidos); ciudadano de India, con última residencia en Jersey City, Nueva Jersey

Que ocurrio

Kapadia conspiró con el dueño de un exportador de EAU para importar joyería de oro proveniente de varios países, incluida India, y declarar falsamente ante CBP que la mercancía se fabricaba en Omán, país sin cuya producción se evadían los aranceles aplicables. Cuando CBP consultó el origen de un embarque destinado al Distrito Norte de Illinois, Kapadia y otros crearon documentación falsa para sustentar el supuesto origen omaní, incluida una lista de empleados con roles y salarios ficticios que se entregó a la autoridad. Se declaró culpable en octubre de 2025 y en junio de 2026 un juez federal de Illinois lo sentenció a 10 meses de prisión, con orden de restitución.

Que salio mal

El proceso falló en la trazabilidad de origen: la operación se sostenía en un origen inventado (Omán) para mercancía fabricada en India y otros países. Al ser cuestionada, la respuesta no fue corregir sino fabricar evidencia de respaldo —una nómina ficticia— lo que convirtió un problema de clasificación de origen en una conspiración penal para defraudar y para ingresar mercancía mediante declaraciones falsas.

US$1.89 MRestitución por derechos evadidos entre junio de 2019 y abril de 2020, más 10 meses de prisión federal y exposición a expulsión de EE.UU.
  1. Documente el origen real con evidencia verificable (facturas de fábrica, listas de materiales, registros de producción) antes de declararlo; el origen no se sustenta con papeles creados a posteriori.
  2. Ante una consulta de CBP sobre país de origen, responda con la documentación existente y auténtica; fabricar soportes escala el riesgo de multa civil a proceso penal.
  3. En operaciones DDP o vía intermediarios en terceros países, exija acceso directo a los registros aduaneros: el importador de registro conserva la responsabilidad no delegable bajo 19 U.S.C. 1484.
  4. Las funciones administrativas (contabilidad, facturación) también generan exposición penal individual: quien elabora o entrega el documento falso responde personalmente, incluida la posible expulsión del país.
  5. El triangulado por un país que no fabrica el producto (transbordo con cambio de origen) es un patrón prioritario del Trade Fraud Task Force; audite rutas y escalas de sus proveedores.
Fuente: U.S. Department of Justice, U.S. Attorney's Office, Northern District of Illinois (comunicado)

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