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Diario Oficial de la Federación

5 disposiciones con impacto empresarial · 142 publicaciones revisadas · 10/09/2026

5 disposiciones con impacto empresarial · 142 publicaciones revisadas · 10/09/2026

El 10 de septiembre de 2026 el DOF publica principalmente ajustes operativos y administrativos entre dependencias federales y entidades locales, destacando modificaciones al calendario de la Segunda Convocatoria de permisos eléctricos y nuevas disposiciones para agentes promotores de AFORE. El resto de las publicaciones corresponde a convenios intergubernamentales sin impacto directo para particulares.

Cuarta modificacion al calendario de la Segunda Convocatoria de permisos electricos

La Secretaria de Energia modifica por cuarta vez la Segunda Convocatoria para permisos de generacion de energia electrica e interconexion al Sistema Electrico Nacional (publicada el 11 de mayo de 2026). El acuerdo recorre las fechas de las etapas 8 a 17 del calendario: la etapa 8 queda del 31 de agosto al 30 de septiembre de 2026; la etapa 9, del 1 al 8 de octubre de 2026; y la etapa 10, del 9 al 16 de octubre de 2026 (fechas posteriores truncadas). Tambien modifica la denominacion de las etapas 14 y 16, y ajusta los numerales 8.2, 9.1 y 9.2. La convocatoria aplica a proyectos con capacidad igual o mayor a 0.7 MW.

Accion inmediata

Actualiza de inmediato el calendario interno del proyecto con las nuevas fechas de las etapas 8 a 17 y verifica los textos modificados en los numerales 8.2, 9.1 y 9.2 de la convocatoria publicados en el DOF.

Que cambia

Se recorren las fechas de las etapas 8 a 17 del calendario de la Segunda Convocatoria para dar tiempo a las dependencias de analizar los multiples registros de manifestacion de interes y solicitudes de estudios de interconexion recibidos. Se modifica adicionalmente la denominacion de las etapas 14 y 16 y el texto de los numerales 8.2, 9.1 y 9.2.

Empresas afectadas

Desarrolladores y generadores privados de energia electrica con proyectos de 0.7 MW o mas que buscan permisos de generacion e interconexion al Sistema Electrico Nacional; empresas industriales y comerciales con proyectos de autoabastecimiento o cogeneracion.

Entrada en vigor

Al dia siguiente de su publicacion (11 de septiembre de 2026)

Riesgos por incumplimiento

Presentar solicitudes o documentacion fuera de las nuevas fechas puede resultar en la exclusion del proceso de atencion prioritaria de la convocatoria.

Oportunidades

La ampliacion de plazos en las etapas 8 a 17 otorga tiempo adicional a los solicitantes para preparar y complementar sus expedientes de interconexion y permisos de generacion.

Que cambia

Se amplia el catalogo de restricciones graves del articulo 42 de las disposiciones. Se crea la figura de Observador de Integridad y Malas Practicas. Normas antes contenidas solo en el Codigo de Etica de cada AFORE adquieren rango de disposicion general de observancia obligatoria.

Empresas afectadas

Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE); agentes promotores y asesores previsionales registrados ante CONSAR.

Entrada en vigor

Al dia siguiente de su publicacion (11 de septiembre de 2026)

Riesgos por incumplimiento

El incumplimiento de las nuevas restricciones clasificadas como graves puede dar lugar a la suspension o cancelacion del Registro de Agente Promotor; las AFORE responden directamente por los actos de sus agentes, por lo que pueden recibir sanciones regulatorias de la CONSAR.

Oportunidades

Las AFORE que implementen proactivamente el Observador de Integridad y Malas Practicas pueden reducir su exposicion a sanciones regulatorias y fortalecer su cumplimiento normativo.

Que cambia

Se formalizan y publican las Reglas de Operacion vigentes del Puerto Rosarito, con lo que los usuarios del puerto quedan sujetos a su cumplimiento obligatorio a partir de la entrada en vigor.

Empresas afectadas

Navieras, operadores portuarios, agentes consignatarios de buques, empresas de logistica y transporte maritimo, importadores y exportadores que utilizan el Puerto Rosarito en Baja California.

Entrada en vigor

Al dia siguiente de su publicacion (11 de septiembre de 2026)

Riesgos por incumplimiento

El incumplimiento de las Reglas de Operacion puede derivar en restricciones de acceso al puerto, sanciones administrativas o responsabilidades conforme a la Ley de Puertos.

Oportunidades

La publicacion oficial de las reglas brinda certeza juridica y operativa a todos los usuarios del Puerto Rosarito sobre los terminos y condiciones de su operacion.

Que cambia

Es un convenio especifico anual de caracter interinstitucional; no modifica el marco regulatorio sanitario aplicable a empresas privadas. Consolida la coordinacion operativa entre COFEPRIS y la Agencia de Proteccion Sanitaria de la CDMX para el ejercicio 2026.

Empresas afectadas

Sin impacto directo sobre particulares o empresas; aplica exclusivamente entre dependencias gubernamentales federales y de la CDMX.

Entrada en vigor

Ejercicio fiscal 2026

Riesgos por incumplimiento

Sin riesgos directos para empresas privadas.

Oportunidades

Sin oportunidades directas

Que cambia

Se modifican las estrategias y acciones del Anexo Tecnico de Ejecucion original (13 de marzo de 2026) del programa de sanidad para Tamaulipas. Es un ajuste interinstitucional que no genera nuevas obligaciones directas para empresas privadas.

Empresas afectadas

Sin impacto directo sobre particulares o empresas; aplica entre SENASICA y el Gobierno de Tamaulipas. De manera indirecta, productores agropecuarios, acuicultores y empresas de inocuidad en Tamaulipas pueden verse beneficiados por las acciones de sanidad reforzadas.

Entrada en vigor

No especificada en el texto disponible

Riesgos por incumplimiento

Sin riesgos directos para empresas privadas.

Oportunidades

Sin oportunidades directas

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