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3 disposiciones con impacto empresarial · 70 publicaciones revisadas · 11/09/2026

3 disposiciones con impacto empresarial · 70 publicaciones revisadas · 11/09/2026

La jornada regulatoria del 11 de septiembre de 2026 presenta impacto moderado para el sector empresarial: SEMARNAT habilita la ventanilla electrónica para trámites de impacto ambiental y SENER emite disposiciones sobre reporte de consumo energético para sujetos obligados, siendo las publicaciones con mayor relevancia para importadores, industriales y empresas de infraestructura. El resto de las publicaciones corresponden a actos administrativos internos sin obligaciones directas para particulares.

CONUEE emite catálogo y formatos de reporte de consumo energético para sujetos obligados

La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE) publica las Disposiciones Reglamentarias para el Catálogo de Equipos y Aparatos cuyos consumos de energía y número de unidades comercializadas son relevantes. Los sujetos obligados deben reportar a la CONUEE su consumo energético utilizando los formatos establecidos en el acuerdo. El catálogo identifica los equipos y aparatos sujetos a obligación de reporte y etiquetado de eficiencia energética; quedan exentos aquellos que cuenten con NOM de eficiencia energética vigente y certificado correspondiente. La Ley de Planeación y Transición Energética (artículos 36 y 37) sustenta la obligación.

Accion inmediata

Verificar si los equipos y aparatos que fabrica, importa o comercializa su empresa están incluidos en el Catálogo CONUEE y, en caso afirmativo, obtener los formatos oficiales y preparar el primer reporte de consumo energético.

Que cambia

Se formalizan por primera vez las disposiciones reglamentarias específicas y los formatos oficiales para que los sujetos obligados reporten consumo energético de equipos y aparatos ante la CONUEE. Anteriormente no existía un catálogo reglamentado con formatos estandarizados publicados en el DOF.

Empresas afectadas

Fabricantes, importadores y comercializadores de equipos y aparatos con consumo energético relevante; industrias con uso intensivo de energía obligadas a reportar consumos; empresas que distribuyen equipos sin NOM de eficiencia energética vigente.

Entrada en vigor

Al día siguiente de su publicación

Riesgos por incumplimiento

Incumplimiento en el reporte de consumo energético puede derivar en sanciones administrativas conforme a la Ley de Planeación y Transición Energética; comercialización de equipos sin etiqueta de eficiencia puede implicar infracciones regulatorias. Montos de multa no especificados en el texto disponible.

Oportunidades

Las empresas cuyos equipos estén cubiertos por una NOM de eficiencia energética vigente con certificado quedan exentas de las obligaciones del catálogo, reduciendo carga regulatoria. El etiquetado de eficiencia puede constituir ventaja competitiva ante consumidores.

Que cambia

Los trámites de impacto ambiental ante SEMARNAT que se listen en el acuerdo pasan a gestionarse a través de la Ventanilla Electrónica Ambiental; se formaliza el canal digital como vía oficial para estos procedimientos, modificando la forma de presentación respecto al esquema presencial previo.

Empresas afectadas

Empresas que requieren Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) o autorizaciones en materia de impacto ambiental: desarrolladores de infraestructura, industria extractiva, sector energético, hotelero, agropecuario, logístico y cualquier empresa con proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental federal.

Entrada en vigor

Al día siguiente de su publicación

Riesgos por incumplimiento

Presentar trámites de impacto ambiental por vías no habilitadas oficialmente puede resultar en no admisión del trámite o retrasos en la obtención de autorizaciones, afectando tiempos de inicio de proyectos.

Oportunidades

La digitalización reduce tiempos y costos de gestión presencial; permite dar seguimiento en línea al estatus de trámites de impacto ambiental, agilizando la obtención de autorizaciones necesarias para iniciar operaciones o proyectos.

Que cambia

Se actualizan los valores de la Tabla 1 de Coeficientes de Actualización y se extiende su cobertura temporal; los valuadores de bienes nacionales deben aplicar los nuevos coeficientes en sustitución de los anteriores para todos los avalúos regulados por INDAABIN a partir de la vigencia de la circular.

Empresas afectadas

Valuadores de Bienes Nacionales registrados ante INDAABIN; empresas o personas físicas que contraten servicios valuatorios regulados por INDAABIN para inmuebles urbanos, en transición o agropecuarios; empresas con procesos de adquisición, enajenación o arrendamiento de inmuebles federales.

Entrada en vigor

Al día siguiente de su publicación

Riesgos por incumplimiento

Utilizar coeficientes de actualización desactualizados en avalúos regulados por INDAABIN puede resultar en dictámenes valuatorios no válidos o rechazados por la autoridad, con posibles implicaciones en operaciones inmobiliarias o fiscales.

Oportunidades

La actualización de coeficientes permite dictámenes valuatorios con mayor precisión en la estimación de valores, reduciendo contingencias en operaciones inmobiliarias que involucren bienes nacionales.

Consultar en el DOF

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