4 disposiciones con impacto empresarial · 112 publicaciones revisadas · 01/10/2026
El día destaca por la creación del Certificado Laboral para la Agroexportación, nuevo requisito de exportación con alto impacto para la agroindustria mexicana, y la actualización de tarifas portuarias en Cabo San Lucas con vigencia en 20 días hábiles.
Certificado Laboral para Agroexportación: nuevas mercancías sujetas a regulación
La STPS y la Secretaría de Economía establecen un listado de mercancías agrícolas cuya exportación queda sujeta a la obtención del Certificado Laboral para la Agroexportación, emitido por la STPS. El certificado acredita el cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social por parte del exportador, en alineación con el Capítulo 23 (Laboral) del T-MEC. La STPS verificará el cumplimiento mediante intercambio de información con el IMSS, con base en convenio de colaboración vigente desde julio de 2019. Aplica a todos los exportadores de las mercancías listadas en el Acuerdo.
Accion inmediata
Identifica si tus mercancías de exportación están incluidas en el listado del Acuerdo e inicia ante la STPS el trámite del Certificado Laboral para la Agroexportación, verificando previamente el cumplimiento de obligaciones ante el IMSS.
Se crea un nuevo requisito de regulación no arancelaria: los exportadores de las mercancías agrícolas listadas deben obtener el Certificado Laboral para la Agroexportación expedido por la STPS antes de exportar. Anteriormente no existía este instrumento de certificación laboral como condición de exportación. Se incorpora el cumplimiento de obligaciones ante el IMSS como criterio de elegibilidad.
Exportadores agroindustriales y agrícolas cuyas mercancías queden incluidas en el listado del Acuerdo; empresas del campo con trabajadores eventuales o permanentes; agentes aduanales que operen exportaciones agrícolas; empacadoras y comercializadoras de productos agroexportables.
Al día siguiente de su publicación (02 de octubre de 2026)
La exportación de mercancías listadas sin contar con el Certificado Laboral puede derivar en la negativa del despacho aduanero de exportación, sanciones conforme a la Ley de Comercio Exterior y posibles observaciones en el marco del mecanismo de respuesta rápida del T-MEC por incumplimiento laboral.
Las empresas que obtengan el certificado acreditan ante compradores internacionales el cumplimiento de estándares laborales del T-MEC, lo que puede fortalecer su posición comercial en mercados de Estados Unidos y Canadá y reducir riesgos de impugnación bajo el mecanismo laboral del tratado.
Se actualizan y sustituyen las tarifas vigentes por uso de infraestructura portuaria en Cabo San Lucas; las nuevas tarifas aplican a todos los usuarios del puerto a partir de los 20 días hábiles posteriores a la publicación.
Navieras, operadores de cruceros, embarcaciones turísticas y comerciales, empresas de logística y transporte marítimo, agencias marítimas y concesionarios de servicios en el Puerto de Cabo San Lucas, B.C.S.
Tarifas en vigor a los 20 días hábiles siguientes al 01 de octubre de 2026 (aproximadamente 28 de octubre de 2026); el Aviso en sí entra en vigor el día de su publicación.
El cobro o pago de tarifas distintas a las autorizadas puede derivar en infracciones conforme a la Ley de Puertos y en conflictos contractuales entre operadores y la administración portuaria.
Los usuarios pueden consultar el documento tarifario completo en la liga publicada y negociar contratos o ajustar presupuestos operativos con base en las nuevas tarifas antes de su entrada en vigor.
Se extiende el plazo del Título de Concesión vigente para la administración portuaria integral de Manzanillo; la operación portuaria continúa bajo el mismo concesionario sin cambio de operador ni modificación de condiciones sustanciales publicadas.
Importadores y exportadores que operan a través del Puerto de Manzanillo; navieras, agentes marítimos, operadores de terminales, transportistas y agentes aduanales con actividad en dicho recinto portuario.
No especificada en el texto disponible (texto truncado)
Sin riesgos directos para empresas usuarias del puerto derivados de esta publicación; la continuidad operativa queda asegurada bajo el mismo concesionario.
La prórroga otorga certeza jurídica y continuidad operativa en el principal puerto de contenedores del Pacífico mexicano, lo que permite a importadores y exportadores planificar operaciones logísticas de mediano y largo plazo.
Se inicia el proceso de consulta pública para una nueva NOM en materia de lepra; aún no es norma vigente. Una vez aprobada, obligará a prestadores de servicios médicos privados a seguir los protocolos establecidos.
Prestadores privados de servicios de atención médica; clínicas, hospitales y laboratorios del sector privado que atiendan o puedan atender casos de lepra en territorio nacional.
En consulta pública hasta el 30 de noviembre de 2026 (60 días naturales); la NOM no está vigente aún.
Sin riesgos inmediatos; incumplimiento de la NOM una vez publicada como definitiva podría derivar en sanciones conforme a la Ley General de Salud.
Los prestadores de servicios médicos privados pueden presentar comentarios técnicos durante los 60 días de consulta para influir en el contenido final de la norma.