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Diario Oficial de la Federación

3 disposiciones con impacto empresarial · 5 publicaciones revisadas · 03/10/2026

3 disposiciones con impacto empresarial · 5 publicaciones revisadas · 03/10/2026

La SHCP publica estímulos fiscales semanales al IEPS de combustibles automotrices y de frontera norte para el periodo 03-09 de octubre de 2026, y el SAT emite la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 con un nuevo criterio normativo para empacadores de aguacate de exportación a EUA, vigente desde el 31 de diciembre de 2026.

RMF 2026 tercer cambio: deducibilidad en empacadoras de aguacate exportacion EUA

El SAT publica la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 incorporando el criterio normativo 60/ISR/N. Establece que las empacadoras de exportación de aguacate con destino a EUA solo podrán deducir compras de aguacate para efectos del ISR cuando la fruta provenga de huertos certificados conforme al Acuerdo fitosanitario de la Secretaría de Agricultura publicado el 01 de octubre de 2026 en el DOF, y cuando la empacadora cuente con elementos documentales que acrediten dicho cumplimiento. La resolución entra en vigor el 31 de diciembre de 2026.

Accion inmediata

Revisar de inmediato que todas las compras de aguacate provengan de huertos certificados conforme al Acuerdo fitosanitario de Agricultura publicado el 01/10/2026 y documentar el cumplimiento antes del 31 de diciembre de 2026.

Que cambia

Se incorpora el criterio normativo 60/ISR/N como nuevo criterio vigente en el Anexo 7 de la RMF 2026. Condiciona la deducibilidad del ISR de compras de aguacate a que las empacadoras de exportación a EUA acrediten que la fruta proviene de huertos certificados y que el abastecimiento se realiza directamente de esos huertos, conforme a la normativa fitosanitaria de Agricultura. Es un criterio nuevo sin precedente previo en la RMF.

Empresas afectadas

Empacadoras de aguacate con destino de exportacion a los Estados Unidos de America; contribuyentes personas morales en la cadena de suministro de aguacate de exportacion.

Entrada en vigor

31 de diciembre de 2026

Riesgos por incumplimiento

Las empacadoras que no acrediten el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios del Acuerdo de Agricultura arriesgan el rechazo de deducciones de compras de aguacate en ISR, lo que incrementa la base gravable y puede derivar en creditos fiscales, recargos y multas por diferencias en el pago del impuesto.

Oportunidades

Las empacadoras que ya operan con huertos certificados y documentan correctamente su cadena de abastecimiento mantienen la deducibilidad plena de sus compras de aguacate para ISR, sin impacto adicional en su carga fiscal.

Que cambia

Se actualizan los porcentajes, montos de estimulo y cuotas disminuidas del IEPS para la semana 03-09 de octubre de 2026, sustituyendo los valores de la semana inmediata anterior. El diesel mantiene estimulo del 100% con cuota cero y recibe estimulo complementario de $0.6033/litro.

Empresas afectadas

Distribuidores y enajenantes de combustibles automotrices a nivel nacional; transportistas y empresas con flotillas que utilizan diesel o gasolina; contribuyentes del IEPS en la cadena de comercializacion de combustibles.

Entrada en vigor

04 de octubre de 2026 (dia siguiente a su publicacion el 03 de octubre de 2026)

Riesgos por incumplimiento

Aplicar cuotas o porcentajes de periodos anteriores en la determinacion del IEPS puede generar diferencias en el pago del impuesto, con recargos y multas correspondientes.

Oportunidades

El estimulo del 100% al diesel con cuota cero y el estimulo complementario de $0.6033/litro reducen la carga de IEPS para distribuidores y pueden contribuir a contener costos logisticos en la semana indicada.

Que cambia

Se actualizan los montos del estimulo fronterizo al IEPS en gasolinas para la semana 03-09 de octubre de 2026, sustituyendo los montos de la semana previa. Los valores difieren por municipio y rango de kilometros respecto a la linea fronteriza.

Empresas afectadas

Enajenantes y distribuidores de gasolina ubicados en la franja fronteriza norte con EUA (municipios de Tijuana, Playas de Rosarito, Tecate, Mexicali en Baja California; San Luis Rio Colorado, Puerto Peñasco, Caborca y General Plutarco Elias Calles en Sonora, entre otros); empresas con estaciones de servicio en zona fronteriza.

Entrada en vigor

04 de octubre de 2026 (dia siguiente a su publicacion el 03 de octubre de 2026)

Riesgos por incumplimiento

Aplicar montos de estimulo incorrectos o de semanas anteriores en la determinacion del IEPS puede generar diferencias fiscales, recargos y multas ante el SAT.

Oportunidades

Los estimulos fronterizos diferenciados por zona permiten a los enajenantes ubicados en municipios con mayor estimulo (como San Luis Rio Colorado y Puerto Peñasco) ofrecer precios de gasolina mas competitivos frente al mercado estadounidense.

Consultar en el DOF

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