2 disposiciones con impacto empresarial · 71 publicaciones revisadas · 26/10/2026
Jornada regulatoria de bajo impacto empresarial directo: la CNSF modifica criterios contables para instituciones de seguros y fianzas en materia de NIF D-1 y D-2, mientras SEMARNAT publica su Código de Conducta interno sin obligaciones para particulares.
CNSF modifica criterios contables para seguros alineados a NIF D-1 y D-2
La Circular Modificatoria 5/26 de la Única de Seguros y Fianzas modifica las Disposiciones 4.1.6., 4.5.22. y 22.1.2., así como el Anexo 22.1.2., para alinear los criterios de contabilidad de las instituciones de seguros, sociedades mutualistas y sociedades controladoras con las Normas de Información Financiera D-1 'Ingresos por contratos con clientes' y D-2 'Costos por contratos con clientes' del CINIF. Específicamente, se modifica el criterio u) 'Operaciones análogas y conexas (B-21)' para incorporar el tratamiento contable de ingresos y costos vinculados a Servicios. Esta homologación fue anticipada desde la Circular 17/23 publicada el 8 de enero de 2024, con entrada en vigor prevista desde el 1 de enero de 2025.
Accion inmediata
Revisar y actualizar los sistemas y registros contables conforme al criterio u) modificado del Anexo 22.1.2., verificando la congruencia con NIF D-1 y D-2 aplicable desde el 1 de enero de 2025.
Se actualiza el Anexo 22.1.2. de la Circular Única de Seguros y Fianzas para incorporar el tratamiento contable de ingresos y costos por Servicios conforme a NIF D-1 y D-2, modificando las disposiciones 4.1.6., 4.5.22. y 22.1.2. El régimen anterior no contemplaba explícitamente dicho tratamiento para operaciones análogas y conexas bajo los criterios de las nuevas NIF.
Instituciones de seguros, sociedades mutualistas y sociedades controladoras del sector asegurador y afianzador sujetas a la Circular Única de Seguros y Fianzas.
Al día siguiente de su publicación (27 de octubre de 2026), con efectos contables retroactivos al 1 de enero de 2025 según la Circular 17/23.
El incumplimiento en la adecuación de registros contables conforme a NIF D-1 y D-2 puede derivar en observaciones de auditoría regulatoria, requerimientos de la CNSF y posibles sanciones administrativas conforme a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. No se especifican montos de multa en el texto disponible.
Las instituciones que ya ajustaron sus procesos contables a NIF D-1 y D-2 desde el 1 de enero de 2025 cuentan con respaldo normativo expreso en la Circular Única para su tratamiento contable de ingresos y costos por Servicios.
Se abroga el Código de Conducta de SEMARNAT del 26 de febrero de 2024 y se sustituye por uno nuevo alineado al Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno de noviembre de 2025. El cambio es interno y aplica únicamente a servidores públicos de la dependencia.
Sin impacto directo para empresas o particulares; aplica exclusivamente a servidores públicos de SEMARNAT.
Al día hábil siguiente a su publicación en el DOF.
Sin riesgos directos para empresas o particulares.
Sin oportunidades directas