El Anexo 4 incluía un listado de 757 fracciones arancelarias, principalmente de los capítulos 51 al 63 y 94 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), relativas al sector textil y de confección, para las cuales el importador debía constituir garantías equivalentes a la diferencia entre el precio real declarado y el precio estimado cuando aquel resultara inferior. Su función era combatir la subvaluación. Al desaparecer el precio estimado —la base del supuesto jurídico—, el Permiso Automático de Importación de la Secretaría de Economía deja de ser exigible por falta de supuesto de aplicación a partir del 15 de septiembre de 2026, según precisó la Cámara de la Industria Aduanera, Recinto Fiscalizado y Comercio Exterior (CAAAREM). La SHCP indicó en los considerandos que la decisión responde al dinamismo de las operaciones de comercio exterior y al fortalecimiento de los mecanismos institucionales de análisis de riesgo y valoración aduanera.

La medida no implica desregulación en valoración aduanera: la SHCP señala que la fiscalización se desplaza del control previo al despacho hacia una revisión posterior más analítica. El documento fue suscrito el 7 de septiembre de 2026 por el Subsecretario de Ingresos, Carlos Gabriel Lerma Cotera, en suplencia del Secretario de Hacienda. La modificación al Anexo 22 de las RGCE, publicada en la Quinta Versión Anticipada del SAT, alinea las claves de identificadores relacionados con garantías aduaneras y las regulaciones de la Secretaría de Economía.