La norma, emitida al amparo de la Sección 343(a) de la Ley de Comercio de 2002 y codificada en el nuevo artículo 19 CFR 123.93, establece dos umbrales de tiempo: una presentación inicial del manifiesto electrónico a más tardar 24 horas antes de la salida del tren desde el puerto de exportación estadounidense, y la transmisión de los datos restantes —carga, transporte, contenedores vacíos— al menos dos horas antes de esa partida. Los transmisores elegibles incluyen al transportista ferroviario de salida, al exportador principal (USPPI) o su agente, a los agentes aduanales con acceso al sistema ACE (Automated Commercial Environment) y a los operadores de carga sin buque (NVOCC).
Con esta medida, CBP cierra un vacío de datos significativo: las regulaciones anteriores solo exigían información electrónica de exportación (EEI) en envíos superiores a 2,500 dólares por número de Schedule B, y en general eximían los envíos a Canadá. A partir de hoy, la cobertura es universal para el modo ferroviario, independientemente del valor del embarque o del país destino. Los operadores ferroviarios transfronterizos México-EE.UU. —incluyendo a los usuarios del puente Laredo-Colombia, principal corredor intermodal de la frontera norte— deben revisar ya la conectividad con ACE, las coberturas de fianza y los procedimientos para enmiendas, cancelaciones y furgones vacíos, con margen de preparación hasta antes del cierre del primer trimestre de 2027.