El ICS2 es el programa de seguridad previa a la llegada de mercancías más amplio de la UE: exige que todo operador económico presente una Declaración Sumaria de Entrada (ENS, Entry Summary Declaration) antes del arribo al territorio europeo. Desde el 1° de junio de 2026, el sistema opera sin excepciones ni derogaciones en los 27 estados miembro, Noruega, Suiza e Irlanda del Norte para todos los modos de transporte. La novedad del 3 de agosto es la entrada en vigor del catálogo ampliado de 'stop words': términos como 'parts', 'goods', 'samples' o 'general cargo' ya no son admitidos como descripción de mercancía, según confirma la Comisión Europea en su sitio oficial. Adicionalmente, cada línea del envío requiere al menos los primeros seis dígitos de código del Sistema Armonizado (SA) y número EORI válido del consignatario.

El impacto operativo es inmediato: una ENS rechazada por término vetado activa una orden 'do not load' que impide el embarque; el expedidor pierde el corte de reservas (booking cut-off) y puede esperar entre tres y siete días al siguiente zarpe disponible, además de inspecciones físicas y multas administrativas en varios estados miembro, de acuerdo con asesores aduanales citados por el agente de investigación ODT. Para el exportador mexicano con destino UE —principal mercado de las manufacturas sujetas al Acuerdo Interino de Comercio UE-México (ITA)—, el impacto llega antes de que la carga toque suelo europeo: en el momento en que el agente de carga presenta la ENS, previo al zarpe. La guía técnica y la lista completa de términos vetados están disponibles en la plataforma CIRCABC de la Comisión Europea.