Bajo el nuevo marco, los operadores transmitirán datos de la cadena de suministro directamente al Data Hub en lugar de presentar una declaración aduanera por embarque. La EUCA coordinará la gestión de riesgos a escala de la UE y recomendará controles a las autoridades nacionales. Las plataformas de comercio electrónico quedan designadas expresamente como importador de registro, con obligación de transmitir datos antes de la liberación de las mercancías. Las infracciones reiteradas pueden acarrear multas de hasta 6 % del valor anual de importaciones, según el reglamento publicado en el Diario Oficial de la UE el 19 de septiembre.

El calendario de implementación del Data Hub se divide en tres etapas: uso obligatorio para ventas a distancia (e-commerce) desde el 1 de julio de 2028; adopción voluntaria para el resto de operadores desde 2031; y uso obligatorio para todos los importadores en la UE desde el 1 de marzo de 2034. Adicionalmente, una comisión de manejo de 2 euros por artículo en ventas a distancia entra en vigor a más tardar el 1 de noviembre de 2026, junto con un arancel aduanero temporal de 3 euros por envío inferior a 150 euros, vigente desde el 1 de julio de 2026. Para los exportadores mexicanos que venden a Europa vía plataformas digitales, la ventana de adaptación es de menos de dos años antes de que el Data Hub sea mandatorio para su canal.