El 24 de agosto de 2026, la Comisión Europea publicó una guía de 141 páginas sobre los requisitos de verificación y acreditación del CBAM para el período definitivo, dirigida a verificadores que acrediten emisiones de operadores no pertenecientes a la Unión Europea. El proceso opera en dos etapas: primero, la acreditación técnica por parte del Organismo Nacional de Acreditación (NAB, por sus siglas en inglés) del país donde está establecido el verificador; segundo, el registro en el portal O3CI del Registro CBAM. Los primeros verificadores acreditados obtendrían su acreditación alrededor de septiembre de 2026, y el acceso operativo al registro seguirá a partir del 30 de septiembre de 2026 como fecha más temprana.

A partir de enero de 2027, los verificadores acreditados emitirán reportes de verificación en el Registro CBAM, permitiendo a los importadores europeos utilizar emisiones reales verificadas en lugar de valores por defecto para completar su declaración CBAM anual. El CBAM cubre acero, aluminio, cemento, fertilizantes, hidrógeno y electricidad. Para los exportadores mexicanos de acero y aluminio —sectores con presencia en Monterrey, Coahuila y Veracruz—, contar con un verificador acreditado del lado europeo antes de enero de 2027 es la diferencia entre declarar con emisiones reales o pagar el arancel de carbono por defecto, que aplica las emisiones de los diez países exportadores más contaminantes con datos confiables.